El 14 de septiembre de 2017 compareció Manuel Segovia, Secretario-Tesorero de FECED (la Federación Estatal de Asociaciones de Compañías y Empresas Profesionales de Danza) en la Sub-comisión del Estatuto del Artista para exponer la situación del sector de la danza en España, sus necesidades y sus reivindicaciones y hacer propuestas concretas para su introducción en el futuro texto del Estatuto del Artista. Para dicha comparecencia redacté el informe que puedes leer aquí

En ese informe se hace hincapié en que el Estatuto del Artista debe también atender a las necesidades de las compañías de artes escénicas porque en su mayor parte están constituidas como entidades mercantiles que, a pesar de ello, tienen los mismos problemas que los empresarios y profesionales autónomos y trabajadores de la cultura: la irregularidad de sus ingresos y la intermitencia de su trabajo.

Asimismo se destacó el hecho de que los ingresos de las compañías de danza vienen principalmente derivados de la explotación de su repertorio (funciones y eventos) (un 63% de sus ingresos) y de las ayudas y subvenciones públicas (un 25,9%). Los principales “clientes” de las compañías de danza en España que contratan la representación de sus espectáculos son teatros y centros dependientes de las Administraciones Públicas en sus tres niveles (estatal, autonómico y local). Por lo tanto, las Administraciones Públicas, tanto en su papel de convocantes de ayudas como en el de contratante de sus espectáculos, tienen una responsabilidad crucial en el presente y futuro de la supervivencia del sector.

En consecuencia, el Estatuto del Artista debe incluir medidas que mejoren en diversos aspectos la práctica habitual de la Administración Pública en la contratación pública de la compañías, artistas y creadores así como en subvenciones y ayudas. Las medidas fiscales y de Seguridad Social no servirán si no se complementan con otras que mejoren cómo se desarrolla en la práctica el marco contractual y de ayudas en el que tienen lugar las relaciones compañías-Administración y que impidan ciertas actuaciones de las Administraciones Públicas que tienen un impacto negativo en el sector como son el pago atrasado de cachés y ayudas o el incumplimiento de las buenas prácticas profesionales que convierten a los artistas y creadores en grandes financiadores de la actividad cultural de la Administración Pública.

Por lo tanto, se señaló en el informe que en el Estatuto del Artista consideramos esencial que se incluyan medidas que mejoren la situación no solamente de los profesionales y trabajadores de la danza sino también de las propias compañías, independientemente de su forma jurídica. Estas medidas deberán atender a los retos y dificultades con los que tienen que lidiar todos ellos tanto durante su vida profesional como a la finalización de la misma.

Por ello, consideramos que las medidas legales, fiscales y de Seguridad Social que se incluyan deben estar orientadas hacia la consecución de estos objetivos:

A. Mejorar la situación económica y profesional de compañías, coreógrafos, bailarines y demás profesionales y trabajadores de la danza así como proporcionarles una mayor estabilidad y sostenibilidad en el tiempo durante el ejercicio de su actividad.

  • Medidas fiscales
  • Medidas laborales y de Seguridad Social
  • Medidas relativas a la contratación pública con compañías de danza
  • Medidas relativas a las ayudas y subvenciones
  • Medidas relativas a la Propiedad Intelectual

B. Mejorar la protección social de los profesionales y trabajadores de la danza en aquellas situaciones que dan derecho a percibir prestaciones: accidentes y enfermedades, maternidad, desempleo, jubilación, etc.

C. Facilitar la transición profesional de los bailarines una vez finalizada su carrera profesional así como de los coreógrafos que decidan cerrar su compañía.

Puedes leer el informe en su totalidad aquí

Autor: Eva Moraga